Auditorias Legales

Nuestra firma se caracteriza por la prestación de servicios profesionales en forma personalizada, oportuna, eficiente y la aplicación de las metodologías de vanguardia, con el fin de facilitar a nuestros clientes la consecución de sus objetivos y contribuir, bajo las premisas de Ley, en el logro de los resultados que la Institución pretende, estableciendo en nuestras intervenciones coberturas dinámicas, teniendo en cuenta la evaluación continua del riesgo al que está expuesta toda organización, mediante un acompañamiento permanente durante el tiempo de nuestra vinculación.

Nuestras funciones como Revisores Fiscales

  • Cerciorarse de que las operaciones que se celebren o cumplan por cuenta de la sociedad se ajustan a las prescripciones de los estatutos, a las decisiones de la asamblea general y de la junta directiva;

  • Dar oportuna cuenta, por escrito, a la asamblea o junta de socios, a la junta directiva o al gerente, según los casos, de las irregularidades que ocurran en el funcionamiento de la sociedad y en el desarrollo de sus negocios;

  • Colaborar con las entidades gubernamentales que ejerzan la inspección y vigilancia de las compañías, y rendirles los informes a que haya lugar o le sean solicitados;

  • Velar por que se lleven regularmente la contabilidad de la sociedad y las actas de las reuniones de la asamblea, de la junta de socios y de la junta directiva, y porque se conserven debidamente la correspondencia de la sociedad y los comprobantes de las cuentas, impartiendo las instrucciones necesarias para tales fines;

  • Inspeccionar asiduamente los bienes de la sociedad y procurar que se tomen oportunamente las medidas de conservación o seguridad de los mismos y de los que ella tenga en custodia a cualquier otro título;

  • Impartir las instrucciones, practicar las inspecciones y solicitar los informes que sean necesarios para establecer un control permanente sobre los valores sociales;

  • Autorizar con su firma cualquier balance que se haga, con su dictamen o informe correspondiente;

  • Convocar a la asamblea o a la junta de socios a reuniones extraordinarias cuando lo juzgue necesario, y Cumplir las demás atribuciones que le señalen las leyes o los estatutos y las que, siendo compatibles con las anteriores, le encomiende la asamblea o junta de socios.

  • Reportar a la Unidad de Información y Análisis Financiero las operaciones catalogadas como sospechosas en los términos del literal d) del numeral 2 del artículo 102 del Decreto-ley 663 de 1993, cuando las adviertan dentro del giro ordinario de sus labores.

Nuestro Equipo

Conoce a los lideres que hacen parte de nuestro equipo.

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